¿Alguna vez te has preguntado hasta dónde puede llegar el discurso de odio en el ámbito público? En nuestro país, esto no es una simple cuestión de opinión; es un delito. Hemos sido testigos de cómo figuras públicas, en lugar de defender ciertos valores, se han visto envueltas en polémicas por sus declaraciones. Hoy, analizamos un caso que ha llegado a los tribunales y que pone sobre la mesa la gravedad de incitar al odio basándose en la orientación sexual.
El trasfondo del caso: ¿Qué pasó exactamente?
En un juicio reciente en el Tribunal de Distrito de Vilnius, el fiscal Edvinas Navickas presentó su argumento sobre la culpabilidad de Antanas Kandrotas, conocido como «Celofanas», y Andrej Lobov. Según la acusación, ambos individuos habrían cometido un delito de odio al hacer comentarios públicos contra el ex miembro del Seimas y actual líder del Partido de la Libertad, Tomas Vytautas Raskevičius, específicamente por su orientación sexual.
Las palabras que resonaron en la sala del tribunal
El fiscal fue claro: «En mi profunda convicción, Antanas Kandrotas cometió una violación del orden público y un delito de odio». Navickas también señaló que considera que existen pruebas suficientes para imputar a Lobov.
Las declaraciones que desataron este proceso judicial fueron captadas en un video publicado en Facebook en septiembre de 2024. En él, se ve a Lobov haciendo comentarios sobre Raskevičius, sugiriendo que su «boca está ocupada» y por eso «no puede hablar». Kandrotas, por su parte, añadió a la conversación insinuaciones de índole sexual, refiriéndose a Raskevičius de forma despectiva y utilizando un lenguaje abiertamente homófobo.

El marco legal: ¿Qué dice la ley sobre el discurso de odio?
El Código Penal lituano es bastante explícito respecto a la incitación al odio. Según el artículo pertinente, quien públicamente se burle, desprecie, incite al odio o discrimine a un grupo de personas o a un miembro de dicho grupo por motivos de…
- Edad
- Sexo
- Orientación sexual
- Discapacidad
- Raza
- Color de piel
- Nacionalidad
- Idioma
- Origen
- Origen étnico
- Posición social
- Creencias, religión o convicciones
…puede enfrentarse a penas que van desde trabajos comunitarios hasta dos años de prisión.
Además, el código también contempla la alteración del orden público y la demostración de falta de respeto a través de una conducta descarada, amenazas o vandalismo, que también puede acarrear penas similares.
La defensa: Negación y antecedentes
Ni Kandrotas ni Lobov han admitido su culpabilidad en este caso. Este nuevo proceso se suma a un historial ya complicado para ambos. El pasado septiembre, fueron declarados culpables en el caso de los disturbios frente al Seimas. Kandrotas fue sentenciado a cuatro años de prisión, mientras que Lobov recibió una pena de dos años de libertad condicional. Ambos fueron considerados reincidentes. Cabe destacar que esta sentencia aún no es definitiva y está pendiente de apelación.
Un llamado a la reflexión
Las palabras tienen poder, y en ocasiones, pueden tener consecuencias legales graves. Este caso nos recuerda la importancia de la responsabilidad en nuestras expresiones públicas y cómo las leyes están diseñadas para proteger a los grupos vulnerables de la incitación al odio.
¿Crees que es suficiente con estas condenas o deberían existir medidas más estrictas para combatir el discurso de odio en línea y fuera de ella?



