Hacienda fija el plazo el 30 de junio: Si te lo pierdes, sale a 400 coronas por día

Una fecha que ninguna empresa puede permitirse ignorar

El verano se acerca, y con él llegan las horas de sol, las temperaturas agradables y, para muchos autónomos y sociedades, una lista interminable de trámites pendientes. Cuando el buen tiempo invita a dejarlo todo para después, el papeleo fiscal es lo último en lo que uno quiere pensar.

Sin embargo, hay una fecha concreta que se aproxima a toda velocidad y que conviene tener muy presente. Ignorarla puede salir tremendamente cara.

El plazo clave de junio

Antes del 30 de junio, aproximadamente 280.000 sociedades están obligadas a presentar su declaración informativa fiscal. Esta obligación afecta a todas las empresas cuyo ejercicio económico coincide con el año natural.

La Agencia Tributaria danesa recomienda encarecidamente tramitar este proceso cuanto antes. Además, ofrece asistencia a quienes encuentren dificultades durante el procedimiento.

Qué debes tener preparado antes de empezar

Antes de acceder al portal fiscal, conviene tener a mano todos los datos contables del ejercicio. Asimismo, la Autoridad de Empresas debe haber recibido el informe anual con anterioridad a la presentación de la declaración.

También es fundamental verificar que el registro básico de la empresa esté completamente actualizado. Cualquier error en el sistema puede provocar que la base imponible se calcule de forma incorrecta.

Las consecuencias de llegar tarde

Si se supera el plazo establecido, el recargo asciende a 400 coronas por cada día de retraso. La factura total puede alcanzar un máximo de 10.000 coronas por sociedad, una cifra nada despreciable que puede afectar seriamente a la tesorería de cualquier empresa.

Cómo evitar problemas técnicos durante la declaración

La mayoría de las declaraciones se realizan a través del sistema informático DIAS. Hay un detalle importante que tener en cuenta: el sistema cierra la sesión automáticamente tras un período prolongado de inactividad.

Afortunadamente, aparece una ventana de aviso en pantalla que permite ampliar la sesión fácilmente. Si no se hace clic a tiempo, existe el riesgo de perder todos los datos introducidos hasta ese momento.

Reglas especiales para el impuesto mínimo global

Existe una normativa específica para las empresas sujetas al impuesto mínimo global. El sistema ya está operativo para que estas compañías puedan enviar su información.

Durante el primer año de aplicación, se contempla un período ampliado de 18 meses desde que concluye definitivamente el ejercicio de referencia. Por ello, la nueva fecha límite queda fijada en el 30 de junio de 2026 para las empresas que siguieron el año natural en 2024.

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